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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 242953
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Quinta Parte; Pág. 107
CONTRATO DE TRABAJO PARA OBRA DETERMINADA. CARGA DE LA PRUEBA.
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Quinta Parte; Pág. 107
Aun cuando es cierto que un contrato de trabajo puede terminar legalmente por voluntad de las partes o por causa distinta, también lo es que si la parte demandada afirma que el contrato de trabajo terminó en virtud de haber concluido la obra para la que se había contratado al trabajador, es a dicha parte a quien toca demostrar que éste había sido contratado para la realización de una obra determinada, y que ésta concluyó, y si no lo hace, al fallar una Junta en su contra no viola sus garantías. Por otra parte, debe decirse que cuando el contrato de trabajo se celebra para obra determinada, es indispensable que con toda claridad se exprese cuál es esa obra, ya que de lo contrario no podría hablarse de un determinado objeto del contrato.
Precedentes
Quinta Epoca:
Tomo LII, página 1982. Amparo directo 7029/36. Chavero Cándido y coagraviado. 9 de junio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXI, página 3318. Amparo directo 371/39. Sinclair Pierce Oil, Co. 23 de agosto de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfredo Iñárritu.
Tomo LXI, página 5852. Sinclair Pierce Oil Co. 31 de agosto de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el número de asunto ni el nombre del ponente.
Tomo LXI, página 5852. Sinclair Pierce Oil Co. 13 de septiembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el número del asunto ni el nombre del ponente.
Tomo LXII, página 1411. Amparo directo 4979/39. Sinclair Pierce Oil, Co. 26 de octubre de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfredo Iñárritu.