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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242967
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Quinta Parte; Pág. 117

DESPIDO DEL TRABAJADOR. CARGA DE LA PRUEBA.

[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Quinta Parte; Pág. 117

Precedentes

Quinta Epoca: Tomo XCIII, página 1730. Amparo directo 9408/46. Neil Watkins John. 21 de agosto de 1947. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo CVII, página 1134. Amparo directo 4206/50. Menchaca Federico. 9 de febrero de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo CIX, página 2061. Amparo directo 2058/50. Unión de Obreros y Empleados de Limpieza Pública de Tampico, S.C.L. 31 de agosto de 1951. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo CXVI, página 43. Amparo directo 199/51. Rangel López Filiberto. 8 de abril de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Sexta Epoca, Quinta Parte: Volumen XC, página 30. Amparo directo 1594/51. Olga Estrada Allen. 21 de octubre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.
Registro digital (IUS): 242967