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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
243002
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Quinta Parte; Pág. 111

INSPECCION, PRUEBA DE, LEGALMENTE OFRECIDA.

[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Quinta Parte; Pág. 111

Precedentes

Séptima Epoca, Quinta Parte: Volúmenes 109-114, página 111. Amparo directo 1367/75. Mayolo Solís Villanueva. 30 de junio de 1975. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Secretario: Alberto Alfaro Victoria. Volúmenes 109-114, página 111. Amparo directo 881/75. Irma Nohemi Maldonado Rangel. 24 de octubre de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso López Aparicio. Secretario: H. Guillermo Ariza Bracamontes. Volumen 87, página 19. Amparo directo 4310/75. Aurelio Ramón Izaguirre Cruz. 5 de marzo de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Secretario: H. Guillermo Ariza Bracamontes. Volúmenes 97-102, página 32. Amparo directo 5508/74. Donaldo Obregón Pérez. 28 de enero de 1977. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Secretario: H. Guillermo Ariza Bracamontes. Volúmenes 109-114, página 29. Amparo directo 5477/77. Manuel Antonio Vela Villavicencio. 17 de febrero de 1978. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Secretario: H. Guillermo Ariza Bracamontes.
Registro digital (IUS): 243002