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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243037
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Quinta Parte; Pág. 179
PRIMA DE ANTIGÜEDAD. FIJACION DE SU IMPORTE.
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Quinta Parte; Pág. 179
Para fijar el monto de la prima de antigüedad debe tomarse en consideración el tiempo que realmente el trabajador prestó servicios a la parte demandada y no el número de años que duró la relación laboral; porque la Ley Federal del Trabajo, al señalar en la fracción I del artículo 162 las reglas para fijar el importe de la prima de antigüedad, se refiere a años de servicios prestados, es decir, a años efectivamente laborados en su integridad y no a los que tuvo de duración la relación laboral entre las partes, término este que, si tuvo interrupciones, lógicamente no deben computarse.
Precedentes
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volumen 68, página 22. Amparo directo 514/74. Ferrocarriles Nacionales de México. 2 de agosto de 1974. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Secretario: Alberto Alfaro Victoria.
Volumen 73, página 34. Amparo directo 553/74. Ingenio "El Potrero", S.A. 9 de enero de 1975. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Volumen 80, página 23. Amparo directo 1372/75. Azucarera de Ameca, S.A. 14 de agosto de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Secretario: Francisco Zapata Mayorga.
Volumen 81, página 23. Amparo directo 1906/75. Ingenio Tala, S.A. 4 de septiembre de 1975. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Secretario: Francisco Zapata Mayorga.
Volumen 81, página 23. Amparo directo 2426/75. Ferrocarriles Nacionales de México. 22 de septiembre de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Secretario: Francisco Zapata Mayorga.
Volúmenes 151-156, página 73. Amparo directo 3309/75. Azucarera de Ameca, S.A. 24 de octubre de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez. Secretaria: Alfonsina Bertha Navarro Hidalgo.