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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243044
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 127-132, Quinta Parte; Pág. 110
PRIMA DE ANTIGÜEDAD, PRESTACIONES EQUIVALENTES A LA, EN LA CONTRATACION COLECTIVA. NUMERO DE DIAS MENOR AL LEGAL.
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 127-132, Quinta Parte; Pág. 110
Como el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo, claramente expresa que la prima de antigüedad comprenderá el pago de doce días de salario por cada año de servicios prestados, resulta que si el patrón cubre al trabajador, en los términos de una cláusula del contrato colectivo de trabajo, una prestación equivalente a la prima, pero dicha cláusula estipula un menor número de días que los señalados en la ley, está obligado a pagar la diferencia respecto al número de días omitidos, aun cuando la cantidad ya pagada sea mayor al importe señalado en la ley, por ser la prestación contractual una prerrogativa que se obtiene sin menoscabo de lo dispuesto por el ordenamiento laboral.
Precedentes
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volúmenes 127-132, página 54. Amparo directo 741/79. Petróleos Mexicanos. 15 de agosto de 1979. Cinco votos. Ponente: Juan Moisés Calleja García. Secretaria: Silvia Pichardo de Quintana.
Volúmenes 127-132, página 54. Amparo directo 2017/79. Petróleos Mexicanos. 19 de septiembre de 1979. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretaria: F. Javier Mijangos Navarro.
Volúmenes 127-132, página 54. Amparo directo 1763/79. Petróleos Mexicanos. 26 de septiembre de 1979. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretaria:Víctor Ceja Villaseñor.
Volúmenes 127-132, página 54. Amparo directo 1935/79. Petróleos Mexicanos. 26 de septiembre de 1979. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: Víctor Ceja Villaseñor.
Volúmenes 127-132, página 54. Amparo directo 2267/79. Petróleos Mexicanos. 26 de septiembre de 1979. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario:Víctor Ceja Villaseñor.