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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243046
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Quinta Parte; Pág. 123
PROBIDAD, FALTA DE. DESTINAR EL TRABAJADOR VEHICULO DEL PATRON A FINES PARTICULARES LA CONSTITUYE.
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Quinta Parte; Pág. 123
El trabajador que tiene a su cargo un vehículo propiedad del patrón y destina el mismo a fines particulares, sin estar autorizado para ello, incurre en faltas de probidad y honradez.
Precedentes
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volumen 25, página 65. Amparo directo 4127/70. Manuel Aguilar Aguilar. 11 de enero de 1971. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Volumen 32, página 43. Amparo directo 26/71. Daniel Tovar Gallardo. 2 de agosto de 1971. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Volumen 37, página 43. Amparo directo 2921/70. Leonardo Barrera Román. 26 de enero de 1972. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.
Volumen 44, página 50. Amparo directo 2086/72. Sergio Heredia Domínguez. 11 de agosto de 1972. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Volumen 103-108, página 107. Amparo directo 5346/76. Jesús López Lizárraga. 3 de noviembre de 1977. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Secretario: Guillermo Ariza Bracamontes.