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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
243054
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 121-126, Quinta Parte; Pág. 133

PRUEBAS, DESAHOGO NO EFECTUADO DE LAS, QUE NO PRODUCEN NINGUN BENEFICIO.

[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 121-126, Quinta Parte; Pág. 133

Precedentes

Séptima Epoca, Quinta Parte: Volumen 38, página 55. Amparo directo 5237/71. Santiago Carrillo Montoya. 16 de febrero de 1972. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Volumen 58, página 59. Amparo directo 2556/73. Ramiro Salazar Moreno. 4 de octubre de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz. Volumen 76, página 22. Amparo directo 5486/74. Enrique López Román. 4 de abril de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Volúmenes 91-96, página 97. Amparo directo 6359/75. Francisco Maza Castro. 3 de septiembre de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Volúmenes 121-126, página 70. Amparo directo 4833/77. Sección 34 del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana. 14 de febrero de 1979. Cinco votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Secretario: Guillermo Ariza Bracamontes.
Registro digital (IUS): 243054