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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
243116
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Quinta Parte; Pág. 41

PETROLEROS, JUBILACION DE LOS.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 145-150, Quinta Parte; Pág. 41

Precedentes

Amparo directo 384/81. Claudio Solano López. 1o. de junio de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: Héctor Santacruz Fernández. Séptima Epoca, Quinta Parte: Volumen 59, página 27. Amparo directo 3544/73. Luis Enrique Leal Riveroll. 19 de noviembre de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Nota: En el Volumen 59, página 27, la tesis aparece bajo el rubro "PETROLEROS. JUBILACION. REQUISITOS CONCURRENTES.". En el Informe de 1973, la tesis aparece bajo el rubro "JUBILACION DE UN TRABAJADOR PETROLERO.".
Registro digital (IUS): 243116