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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243141
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Quinta Parte; Pág. 28
INDUSTRIA AZUCARERA, REQUISITOS PARA LA SUPRESION DE PLAZAS DEL CONTRATO LEY DE LA.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Quinta Parte; Pág. 28
La circunstancia de que hubiera sido cancelada una báscula de ferrocarril por una autoridad administrativa, no significa que un puesto de basculero de ferrocarril correspondiente a la industria azucarera haya desaparecido, pues para la supresión de una plaza prevista en el contrato ley relativo se requiere que se den los supuestos señalados por el artículo 100 de dicho ordenamiento o del artículo 439 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo 2182/80. Rogelio López Castillo. 28 de julio de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.