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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243149
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Quinta Parte; Pág. 52
SEGURO SOCIAL. TRABAJADORES INDEPENDIENTES. SU INCORPORACION VOLUNTARIA FUERA DE PERIODOS DE INSCRIPCION ES VALIDA.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 139-144, Quinta Parte; Pág. 52
Conforme al artículo 198 de la Ley del Seguro Social, la incorporación voluntaria de los trabajadores independientes está sujeta a la existencia de períodos de inscripción que fije el instituto, pero si el trabajador independiente solicitó fuera de período su incorporación y fue admitido, resulta intrascendente que no haya existido el período de inscripción. Pues al aceptarse su incorporación debe estarse a lo dispuesto por el artículo 199, el cual señala que aceptada la incorporación, serán aplicables las disposiciones del régimen obligatorio del seguro social.
Precedentes
Amparo directo 1748/80. Instituto Mexicano del Seguro Social. 10 de noviembre de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.