Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/243163
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
243163
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Quinta Parte; Pág. 32

FERROCARRILEROS, JUBILACION NO ALCANZADA POR LOS, Y SOLICITUD DE REACOMODO NO SATISFECHA OPORTUNAMENTE POR LA EMPRESA. OBLIGACION DE PAGAR LOS SALARIOS.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Quinta Parte; Pág. 32

Precedentes

Amparo directo 3973/79. Ferrocarriles Nacionales de México. 18 de febrero de 1980. Cinco votos. Ponente: Alfonso López Aparicio. Secretario: Jorge Olivera Toro y Alonso.
Registro digital (IUS): 243163