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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243191
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Quinta Parte; Pág. 72
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, PRERROGATIVAS DE LOS.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Quinta Parte; Pág. 72
El empleado público que disfruta de determinadas prerrogativas al margen de la ley, en virtud de la autorización personal de un funcionario público, sólo podrá hacer uso de las mismas en tanto que la persona que se las brindó lo consienta y permanezca como responsable de la unidad burocrática respectiva, pues cuando dicho titular es substituido por otro, el nuevo funcionario está sólo obligado a respetar las prerrogativas que la ley otorga a los empleados públicos, más no las que sin apoyo legal les haya concedido su antecesor, toda vez que estas últimas, por introducir modalidades o limitaciones al exacto cumplimiento de las obligaciones correspondientes a los empleados, no pueden crear un derecho permanente e inalterable en favor de éstos. Por tanto, de conformidad con la buena fe que debe existir en las relaciones entre el Estado y sus servidores, la conclusión que se impone es la de que, ante un cambio de titular, el empleado que goce de prerrogativas que no derivan de la ley, debe sujetarse de inmediato a los términos de su nombramiento, cumpliendo todas y cada una de las obligaciones derivadas del mismo, y si no lo hace así, debe soportar las consecuencias de su actitud.
Precedentes
Amparo directo 2445/79. Carolina Olivares Hernández de Zavala. 17 de marzo de 1980. Cinco votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Secretario: Guillermo Ariza Bracamontes.
Sexta Epoca, Quinta Parte:
Volumen I, página 73. Amparo directo 2590/56. Presidente de la Junta Federal de Mejoras Materiales en Nuevo Laredo, Tamaulipas. 10 de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.
Nota: En el Volumen I, página 73 la tesis aparece bajo el rubro "TRABAJADORES DEL ESTADO, PRERROGATIVAS A LOS.".