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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
243196
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Quinta Parte; Pág. 103

CONCEPTOS DE VIOLACION INOPERANTES.

[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 133-138, Quinta Parte; Pág. 103

Precedentes

Séptima Epoca, Quinta Parte: Volúmenes 91-96, página 22. Amparo directo 1907/75. Negociación Minera Santa María de la Paz y Anexas, S.A. 8 de enero de 1976. Cinco votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez. Secretario: Eduardo Aguilar Cota. Volúmenes 91-96, página 22. Amparo directo 1572/76. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 22 de julio de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez. Secretaria: Alfonsina Bertha Navarro Hidalgo. Volúmenes 127-132, página 15. Amparo directo 4626/79. Elásticos de México, S.A. 8 de octubre de 1979. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: Joaquín Dzib Núñez. Volúmenes 133-138, página 15. Amparo directo 3353/79. Envasadora El Almendro. 7 de enero de 1980. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: Joaquín Dzib Núñez. Volúmenes 133-138, página 15. Amparo directo 2227/79. Petróleos Mexicanos. 24 de marzo de 1980. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: Joaquín Dzib Núñez.
Registro digital (IUS): 243196