Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/243209
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
243209
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 127-132, Quinta Parte; Pág. 15

CLAUSULA DE EXCLUSION, REQUISITOS PARA LA APLICACION DE LA. FACULTADES DE LAS JUNTAS.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 127-132, Quinta Parte; Pág. 15

Precedentes

Amparo directo 1258/79. Sindicato de Telefonistas de la República Mexicana. 20 de agosto de 1979. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: Joaquín Dzib Núñez. Sexta Epoca, Quinta Parte: Volumen XCIV, página 9. Amparo directo 1878/64. Sindicato de Trabajadores de la Industria Embotelladora de Refrescos y Similares de la Región de Jalapa, CTM. 5 de abril de 1965. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Nota: En el Volumen XCIV, página 9, las tesis aparecen bajo los rubros: "CLAUSULA DE EXCLUSION, DEBEN PROBARSE LOS HECHOS QUE MOTIVEN LA APLICACION DE LA" y "CLAUSULA DE EXCLUSION EXAMEN DE LA APLICACION DE LA.".
Registro digital (IUS): 243209