Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/243224
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243224
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 127-132, Quinta Parte; Pág. 47
PRIMA DE ANTIGÜEDAD EN CASO DE DEMANDA POR DESPIDO, DEMOSTRANDOSE RETIRO VOLUNTARIO POR ABANDONO.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 127-132, Quinta Parte; Pág. 47
Si el trabajador ejercita la acción de pago de prima de antigüedad basado en el hecho de que se le despidió, la circunstancia de que se acredite en el juicio laboral respectivo que la terminación de la relación laboral fue por retiro voluntario por abandonar el propio trabajador el trabajo, no lo priva del derecho de percibir dicha prestación si se acredita que tiene cuando menos 15 años de servicios, ya que el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo establece el pago de prima de antigüedad para los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, y que esa prestación es independiente de cualquier otra que le corresponda al propio trabajador; esto es, que la acción de pago de prima de antigüedad es independiente de cualquier otra.
Precedentes
Amparo directo 1488/79 Almacenes Nacionales de Depósito, S.A. 10 de septiembre de 1979. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario:Joaquín Dzib Núñez.
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volúmenes 103-108, página 71. Amparo directo 1496/77. Ignacio Cortés Flores. 21 de septiembre de 1977. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan Moisés Calleja García. Secretario: Alberto Alfaro Victoria.
Nota: En el Volumen 103-108, página 71, la tesis aparece bajo el rubro "PRIMA DE ANTIGÜEDAD EN CASO DE RESCISION NO JUSTIFICADA POR EL TRABAJADOR. SE EQUIPARA A UNA SEPARACION VOLUNTARIA.".