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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
243240
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 127-132, Quinta Parte; Pág. 115

SALARIO, INTEGRACION DEL. APORTACION AL INFONAVIT Y PAGO DE VACACIONES. NO QUEDAN COMPRENDIDOS.

[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 127-132, Quinta Parte; Pág. 115

Precedentes

Séptima Epoca, Quinta Parte: Volúmenes 127-132, página 65. Amparo directo 5052/78. Cesáreo Montemayor Treviño. 15 de agosto de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Moisés Calleja García. Secretaria: Silvia Pichardo de Quintana. Volúmenes 127-132, página 65. Amparo directo 505/79. Jesús Gómez Martínez y otros. 3 de octubre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Moisés Calleja García. Secretaria: Silvia Pichardo de Quintana. Volúmenes 127-132, página 65. Amparo directo 4820/78. Roberto Lizcano Flores. 10 de octubre de 1979. Cinco votos. Ponente: Alfonso López Aparicio. Secretario: Arturo Carrete Herrera. Volúmenes 127-132, página 65. Amparo directo 536/79. Pascual Bernal García. 15 de octubre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Moisés Calleja García. Secretario: Juan Manuel Vega Sánchez. Volúmenes 127-132, página 65. Amparo directo 688/79. Ascensión Arreaga Godina. 15 de octubre de 1979. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Moisés Calleja García. Secretario: Juan Manuel Vega Sánchez.
Registro digital (IUS): 243240