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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243243
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 121-126, Quinta Parte; Pág. 17
CONCEPTOS DE VIOLACION INOPERANTES POR IMPUGNARSE EN AMPARO DEFECTOS DE EJECUCION DE UNA SENTENCIA DE ANTERIOR JUICIO DE GARANTIAS COMETIDOS EN EL NUEVO LAUDO.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 121-126, Quinta Parte; Pág. 17
No es un nuevo juicio de amparo el técnicamente destinado a conocer de las violaciones que pudieron cometer las autoridades responsables en sus laudos, por defecto o exceso de ejecución de una ejecutoria dictada en anterior juicio de amparo directo, atento a lo dispuesto por el artículo 95, fracción IX, de la Ley de Amparo. En tales condiciones, si los conceptos de violación se reducen a impugnar el laudo por defectos de ejecución en el cumplimiento de una ejecutoria anterior, deben desestimarse ante la imposibilidad jurídica de ser estudiados dentro de un nuevo juicio de garantías.
Precedentes
Amparo directo 4309/78. Jorge Zúñiga Rodríguez. 6 de junio de 1979. Cinco votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Secretario: Guillermo Ariza Bracamontes.
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volúmenes 121-126, página 103. Amparo directo 5573/75. Hugo René Dorantes Loria. 23 de enero de 1978. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Secretario: Guillermo Ariza Bracamontes.
Volúmenes 103-108, página 11. Amparo directo 2851/77. Instituto Mexicano del Seguro Social. 7 de septiembre de 1977. Cinco votos. Ponente: Julio Sánchez Vargas.
Volúmenes 103-108, página 11. Amparo directo 6171/76. Ferrocarriles Nacionales de México. 11 de julio de 1977. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Julio Sánchez Vargas.
Volumen 86, Quinta Parte, página 15. Amparo directo 4919/75. Angel Rivas Salido. 18 de febrero de 1976. Cinco votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez. Secretario: Eduardo Aguilar Cota.
Volúmenes 121-126, página 103. Amparo directo 2247/75. Julio González Arango y otros. 5 de septiembre de 1975. Cinco votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez. Secretario: Eduardo Aguilar Cota.
Nota: En los Volúmenes 86 y 103-108, páginas 15 y 11, respectivamente y en el Informe de 1976, la tesis aparece bajo el rubro "CONCEPTOS DE VIOLACION INOPERANTES POR IMPUGNAR EN AMPARO DIRECTO DEFECTOS DE EJECUCION DEL NUEVO LAUDO.".