Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/243250
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243250
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 121-126, Quinta Parte; Pág. 26
DESCUENTOS AL SALARIO POR PAGOS EXCESIVOS. PRESCRIPCION DEL DERECHO DEL PATRON A EFECTUARLOS.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 121-126, Quinta Parte; Pág. 26
Si la empresa, como ente moral, no ignoraba la categoría del trabajador, sabiendo que no quedaba incluido en los favorecidos con un sueldo especial o compensación, y a pesar de ello, con todo conocimiento le hizo pagos excesivos, el término de la prescripción de su derecho a la devolución, mediante descuentos, nació desde el primero de esos pagos, conforme al artículo 517 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo 494/79. Ferrocarriles Nacionales de México. 27 de junio de 1979. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: Víctor Ceja Villaseñor.