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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243291
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 121-126, Quinta Parte; Pág. 84
SEGURO SOCIAL, JUBILACION DE TRABAJADORES DEL INSTITUTO MEXICANO DEL. INCREMENTO SALARIAL ESTABLECIDO POR DECRETO DE 1o. DE SEPTIEMBRE DE 1974.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 121-126, Quinta Parte; Pág. 84
Aun cuando el incremento del 10% de salarios otorgados a los trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social, por decreto presidencial de 1o. de septiembre de 1974, sólo sea aplicable a los trabajadores que hubieran obtenido su jubilación con posterioridad a ese decreto, tal beneficio es igualmente extendible a los trabajadores sobre los que habiéndose resuelto su derecho a ser jubilados con antelación a tal decreto, pero que siguen teniendo la calidad de trabajador, se les da a conocer dicha resolución con fecha posterior a ese decreto, ya que mientras la resolución respectiva no sea notificada, el trabajador sigue conservando esa calidad y no la de jubilado.
Precedentes
Amparo directo 4845/78. Instituto Mexicano del Seguro Social. 14 de marzo de 1979. Cinco votos. Ponente: Alfonso López Aparicio. Secretario: Carlos Villascán Roldán.