Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/243294
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
243294
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 121-126, Quinta Parte; Pág. 86

SOLICITUD DEL TRABAJADOR PARA OCUPAR UN PUESTO, DEMANDA NO EQUIVALENTE A LA.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 121-126, Quinta Parte; Pág. 86

Precedentes

Amparo directo 1084/79. Guillermo Gustavo Natera Bandera. 20 de junio de 1979. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: F. Javier Mijangos Navarro. Séptima Epoca, Quinta Parte: Volúmenes 121-126, página 86. Amparo directo 6202/78. Eduardo Burgos Sosa. 21 de abril de 1979. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: Joaquín Dzib Núñez. Nota: En el Informe de 1979, la tesis aparece bajo el rubro "SOLICITUD SU EQUIVALENCIA.".
Registro digital (IUS): 243294