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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243300
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 121-126, Quinta Parte; Pág. 109
INSPECCION, OFRECIMIENTO IMPRECISO DE LA PRUEBA DE. INEFICIENCIA DEL APERCIBIMIENTO.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 121-126, Quinta Parte; Pág. 109
Carece de eficacia la declaración inicial de la Junta de tener por ciertos los hechos que se pretendan probar mediante una inspección, si el ofrecimiento de dicha prueba no es categórico en el señalamiento de los hechos mismos a probar, pues esa declaración no puede referirse a hechos que hipotéticamente se hubieran pretendido acreditar.
Precedentes
Amparo directo 3579/76. José Valencia Martínez y coagraviados. 18 de noviembre de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan Moisés Calleja García. Secretario: Fortino Valencia Sandoval.
Nota: En el Informe de 1976, la tesis aparece bajo el rubro "PRUEBA DE INSPECCION, CARACTERISTICAS DEL OFRECIMIENTO DE LA.".
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volúmenes 121-126, Quinta Parte, página 42, tesis de rubro "INSPECCION, OFRECIMIENTO CATEGORICO DE LA PRUEBA DE. CERTIDUMBRE PRESUNTIVA DE LOS HECHOS A PROBAR.".