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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
243317
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 115-120, Quinta Parte; Pág. 50

INSTITUCIONES DE CREDITO. JUBILACION. ES UN DERECHO Y NO UNA OBLIGACION PARA EL TRABAJADOR BANCARIO.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 115-120, Quinta Parte; Pág. 50

Precedentes

Amparo directo 1328/78. Banco Nacional de Fomento Cooperativo, S.A. de C.V. 9 de agosto de 1978. Cuatro votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Secretaria: María Yolanda Mújica García. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volúmenes 127-132, Quinta Parte, página 37, tesis de rubro "INSTITUCIONES DE CREDITO, TRABAJADORES DE LAS. DESIGNACION DE BENEFICIARIOS EN CASO DE FALLECIMIENTO. DEPENDENCIA ECONOMICA.". Nota: En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "JUBILACION. ES UN DERECHO Y NO UNA OBLIGACION PARA EL TRABAJADOR BANCARIO.".
Registro digital (IUS): 243317