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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243336
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 115-120, Quinta Parte; Pág. 129
TERCEROS INTERESADOS, LLAMAMIENTO A JUICIO DE LOS.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 115-120, Quinta Parte; Pág. 129
El artículo 723, de la Ley Federal del Trabajo no obliga a las Juntas a llamar a juicio a un posible tercero interesado, sino que faculta a éstos para que puedan intervenir en el juicio, previa solicitud de cualquiera de las partes.
Precedentes
Amparo directo 3290/78. Industrias Sobero, S.A. 16 de agosto de 1978. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.