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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243343
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Quinta Parte; Pág. 10
ANTIGÜEDAD, PRUEBA DE LA.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Quinta Parte; Pág. 10
Si en la inspección no se asienta el número total de días efectivamente laborados por el trabajador, éstos pueden calcularse con las constancias consistentes en las copias de las contrataciones celebradas entre el trabajador y el patrón, en donde consta el número de días para los cuales fue contratado, y así acreditar su antigüedad.
Precedentes
Amparo directo 4396/77. Maximiliano Córdoba Ribón. 19 de junio de 1978. Cinco votos. Ponente: Juan Moisés Calleja García. Secretario: José Manuel Hernández Saldaña.