Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/243359
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
243359
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Quinta Parte; Pág. 28

FIRMA, DEMANDA SIN. NO INTERRUMPE LA PRESCRIPCION.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Quinta Parte; Pág. 28

Precedentes

Amparo directo 3484/77. Raúl Rojas Morales. 17 de febrero de 1978. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso López Aparicio. Secretario: Jesús Luna Guzmán. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 13, Quinta Parte, página 21, tesis de rubro "FIRMA, PROMOCIONES SIN.". Nota: En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "DEMANDA, FIRMA DE LA, COMO REQUISITO.".
Registro digital (IUS): 243359