Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/243414
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243414
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Quinta Parte; Pág. 99
TESTIGO, AMISTAD DEL, CON EL OFERENTE DE LA PRUEBA. NO INVALIDA LA DECLARACION SI AQUELLA NO ES INTIMA.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Quinta Parte; Pág. 99
Para que pueda invalidarse la declaración de un testigo, por tener amistad con la parte que lo presenta, es necesario que tal amistad sea íntima, que haga dudar de su testimonio, pero no si sólo se limita a contestar afirmativamente la pregunta que se le hace sobre si tiene amistad con el oferente de la prueba, porque como esa circunstancia no constituye un indicio de parcialidad, tampoco es motivo para que la Junta niegue crédito a su testimonio, máxime si el propio testigo manifiesta no tener interés en que la parte que lo presenta gane el pleito.
Precedentes
Amparo directo 22/77. International Research Associates, S.A. de C.V. 3 de octubre de 1977. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volumen 58, página 55. Amparo directo 1878/73. Banco Capitalizador de Veracruz, S.A. 5 de octubre de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca,Volumen 18, Quinta Parte, página 85, tesis de rubro "TESTIGOS, INVALIDEZ DE LA DECLARACION DE.".