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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243415
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Quinta Parte; Pág. 100
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, ABANDONO DE LABORES COMO CAUSA DE CESE DE LOS.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Quinta Parte; Pág. 100
Para la configuración de la causal de abandono de labores que previene la fracción I del artículo 46 de la Ley Reglamentaria del apartado "B" del artículo 123 constitucional, no se atiende a la ausencia propiamente dicha, sino al factor perjuicio que se causa al servicio con la inasistencia del trabajador.
Precedentes
Amparo directo 6240/76. Moisés Luna Cisner. 12 de septiembre de 1977. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Tomo V, Cuarta Sala, jurisprudencia 264, página 249 bajo el rubro "TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO ABANDONO DEL EMPLEO POR LOS.".