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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243416
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Quinta Parte; Pág. 100
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, BASE E INAMOVILIDAD DE LOS.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 103-108, Quinta Parte; Pág. 100
El argumento que sostiene que la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado establece "que todo trabajador eventual que preste servicios por más de seis meses en forma ininterrumpida" deba considerarse como de base carece de fundamento, pues lo cierto es que en los términos del artículo 6o. de dicho ordenamiento, los trabajadores de base que tengan seis meses de servicios (sin nota desfavorable) serán considerados inamovibles.
Precedentes
Amparo directo 6029/76. Luz María Delgado Chávez. 7 de septiembre de 1977. Cinco votos. Ponente: Julio Sánchez Vargas.