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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243511
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 90, Quinta Parte; Pág. 31
TESTIGOS, DECLARACIONES DE. VALORACION.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 90, Quinta Parte; Pág. 31
Si la Junta frente a testigos cuyos dichos se contradicen, otorga credibilidad a uno de ellos, esto no implica violación a los principios lógicos fundamentales, puesto que necesariamente la valoración y aceptación de uno de esos testimonios, implica el rechazo del otro u otros.
Precedentes
Amparo directo 1502/76. Fábricas de Hilados y Tejidos "Sindec", S.A. 21 de junio de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez. Secretario: Eduardo Aguilar Cota.