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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243516
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 89, Quinta Parte; Pág. 19
PATRON, OBLIGACION DEL TRABAJADOR DE CONOCER PARA QUIEN LABORA, AUNQUE NO PROPORCIONE EL NOMBRE CORRECTO DEL.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 89, Quinta Parte; Pág. 19
Esta Cuarta Sala considera pertinente señalar que el criterio jurisprudencial sostenido en el sentido de que los trabajadores no están obligados a proporcionar el nombre correcto del patrón cuando intentan una acción, se refiere únicamente al nombre correcto de la empresa o razón social con las cuales giran los patrones y que los trabajadores no están obligados a conocer, lo que no les excluye de saber para quien laboran.
Precedentes
Amparo directo 365/76. Daniel García Rodríguez. 10 de mayo de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan Moisés Calleja García.
Véanse:
Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Quinta Parte:
Volumen XLI, página 63, tesis de rubro "NOMBRE DEL PATRON. NO EXISTE OBLIGACION DE PRECISARLO EN LA DEMANDA.".
Volumen XLIX, página 73, tesis de rubro "TRABAJADORES. NO ESTAN OBLIGADOS A SEÑALAR DE MODO PRECISO LA REPRESENTACION DE EMPRESAS O INSTITUCIONES.".
Volumen LVII, página 47, tesis de rubro "PATRON, EL TRABAJADOR NO ESTA OBLIGADO A CONOCER EL NOMBRE CORRECTO DEL.".
Volumen LXIII, página 20, tesis de rubro "PATRON, NO ESTA OBLIGADO EL TRABAJADOR A CONOCER EL NOMBRE DEL.".
Volumen LXXV, página 23, tesis de rubro "PATRON, EL TRABAJADOR NO ESTA OBLIGADO A CONOCER LA CALIDAD FISICA O MORAL DEL.".
Volumen LXXXII, página 26, tesis de rubro "PATRON, LOS TRABAJADORES NO ESTAN OBLIGADOS A CONOCER EL NOMBRE DEL.".
Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Quinta Parte, Cuarta Sala, tesis 150, página 148, bajo el rubro "PATRON, EL TRABAJADOR NO TIENE OBLIGACION DE CONOCER LA CALIDAD JURIDICA DE LA PERSONA DE SU.".