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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
243526
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 87, Quinta Parte; Pág. 13

ACCIONES INDEPENDIENTES. LA DECLARACION DE PRESCRIPCION DE UNA NO IMPIDE EL ESTUDIO DE LAS SUBSISTENTES.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 87, Quinta Parte; Pág. 13

Precedentes

Amparo directo 2054/75. Ferrocarriles Nacionales de México. 4 de marzo de 1976. Cinco votos. Ponente: Juan Moisés Calleja García. Secretario: Moisés Duarte Aguíñiga. Nota: En el Informe de 1976, la tesis aparece bajo el rubro "ACCIONES EJERCITADAS EN FORME INDEPENDIENTE, LA DECLARACION DE PRESCRIPCION DE UNA DE LAS, NO IMPIDE EL ESTUDIO DE LA SUBSISTENTE.".
Registro digital (IUS): 243526