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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243552
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 85, Quinta Parte; Pág. 23
CATEGORIA SUPERIOR, ACCION DE ASIGNACION DE, CUANDO NO EXISTE VACANTE ES COLECTIVA.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 85, Quinta Parte; Pág. 23
La acción de asignación de una categoría superior es de naturaleza colectiva cuando no existe vacante, pues mediante ella se pretende que el patrón cree un nuevo puesto y, en consecuencia, modifique el contrato colectivo de trabajo. Por tanto, el ejercicio de dicha acción es exclusivo del sindicato titular del referido contrato.
Precedentes
Amparo directo 2091/75. Elena Lafarja Hernández. 15 de enero de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez.
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volumen 50, página 13. Amparo directo 3196/72. Rosa María Martínez y coagraviados. 28 de febrero de 1973. Cinco votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra.
Véanse:
Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 38, Quinta Parte, página 15, tesis de rubro "CONTRATO COLECTIVO, MODIFICACION DEL. LA OPOSICION REQUIERE UNA ACCION DE NATURALEZA COLECTIVA.".
Apéndice 1917-1975, Quinta Parte, Cuarta Sala, tesis 39, página 50, bajo el rubro "CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, LA ACCION DE MODIFICACION DEL, NO ES INDIVIDUAL, SINO COLECTIVA.".
Nota:
En el Volumen 50, página 13, la tesis aparece bajo el rubro "CATEGORIA, ACCION DE ASIGNACION DE. CUANDO ES COLECTIVA.".
En el Informe de 1973, la tesis aparece bajo el rubro "ASIGNACION DE UNA CATEGORIA SUPERIOR, ACCION DE. CUANDO ES COLECTIVA.".