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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243570
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 83, Quinta Parte; Pág. 15
PREFERENCIA, COMPUTO DEL TERMINO PARA LA PRESCRIPCION DEL DERECHO DE.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 83, Quinta Parte; Pág. 15
Cuando una agrupación sindical publica en los estrados de sus oficinas la proposición que hace en favor de un obrero para ocupar una vacante, es a partir del día siguiente al en que se efectúa tal publicación, cuando empieza a contar el término de un año para que los trabajadores que se consideren postergados, deduzcan las acciones correspondientes.
Precedentes
Amparo directo 3949/75. Sección 30 del S.T.P.R.M. y Guadalupe Tinoco Blanco. 17 de noviembre de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez.
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volumen 78, página 22. Amparo directo 5852/74. Sección 30 del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana. 19 de junio de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: Marco Antonio Arroyo Montero.
Volumen 76, página 21. Amparo directo 577/75. Narno Evencio Islas Hernández. 17 de abril de 1975. Cinco votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez.
Volumen 73, página 24. Amparo directo 4469/74. Sección 30 del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana y otro. 13 de enero de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez.
Volumen 73, página 24. Amparo directo 3508/74. Sección 30 del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana y otra. 13 de enero de 1975. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen 68, página 22. Amparo directo 803/74. Sección 30 del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana. 7 de agosto de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez. Secretaria: Alfonsina Bertha Navarro Hidalgo.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 64, Quinta Parte, página 24, tesis de rubro "PREFERENCIA, DERECHO DE. TERMINO DE PRESCRIPCION DE LA ACCION RESPECTIVA.".
Nota:
En los Volúmenes 72 y 68, páginas 33 y 22 respectivamente, la tesis aparece bajo el rubro "PREFERENCIA, DERECHO DE. TERMINO DE PRESCRIPCION DE LA ACCION.".
En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "VACANTES, PREFERENCIA PARA OCUPAR LAS. COMPUTO DEL TERMINO PARA LA PRESCRIPCION.".
Este criterio ha integrado la jurisprudencia publicada en el Informe de 1975, Parte II, Cuarta Sala, página 44, bajo el rubro "PREFERENCIA, DERECHO DE, TERMINO DE PRESCRIPCION DE LA ACCION DE.".