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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243600
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 80, Quinta Parte; Pág. 21
PREFERENCIA, DERECHO DE. IDENTIFICACION DEL PUESTO RECLAMADO.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 80, Quinta Parte; Pág. 21
Cuando se demanda el mejor derecho a ocupar una plaza, no debe considerarse como requisito indispensable, para determinar el puesto reclamado, el que se designe con absoluta precisión el nombre de dicho puesto, pues el mismo puede fácilmente identificarse con los elementos que lo caracterizan, tales como el hecho de que exista una vacante que se haya suscitado en un lugar determinado y que la plaza en cuestión sea ocupada por una persona en particular en determinada fecha.
Precedentes
Amparo directo 3655/74. Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, Sección 30 y otro. 21 de agosto de 1975. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.