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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243641
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 77, Quinta Parte; Pág. 19
SUSPENSION, FIANZA PARA LA, EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 77, Quinta Parte; Pág. 19
De lo dispuesto en los artículos 125, 173 y 174, en relación con el 125, de la Ley de Amparo, se deduce que, en materia laboral, la suspensión de la ejecución del laudo reclamado en el juicio de garantías, surte efectos si el quejoso otorga caución bastante para responder de los daños y perjuicios que con aquella pueda ocasionar a tercero si no obtiene sentencia favorable. Así pues, cuando se trata de la suspensión de la ejecución de un laudo que condena a la parte quejosa, el monto de la caución debe ser bastante para responder, por concepto de daños, de las prestaciones a que fue condenado y, además, por concepto de perjuicios, de los intereses legales sobre esas prestaciones durante el tiempo probable para la resolución del amparo, pues, de lo contrario, si se fijara una fianza insuficiente daría por resultado que el laudo condenatorio, de no ser violatorio de garantías, posiblemente no tendría ejecución, de haber realizado el quejoso actos que trajeran consigo su insolvencia económica.
Precedentes
Queja 180/74. Películas Mundiales y T.V. Producciones, S.A. 7 de mayo de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra. Secretario: Leandro Fernández Castillo.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 58, Quinta Parte, página 52, tesis de rubro "SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO. EL ASEGURAMIENTO DE LA SUBSISTENCIA DEL TRABAJADOR Y DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS MEDIANTE FIANZA NO SON INCOMPATIBLES.".
Nota:
En el Apéndice 1917-1985, la tesis aparece bajo el rubro "SUSPENSION EN MATERIA DE TRABAJO, FIANZA EN LA.".
En el Informe de 1975, la tesis aparece bajo el rubro "SUSPENSION EN MATERIA DE TRABAJO, FIANZA EN LA.".