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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243645
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 76, Quinta Parte; Pág. 17
INDUSTRIA TEXTIL DEL RAMO DE LA LANA, CONVENIOS DE TURNOS EXTRAORDINARIOS EN LA. PRORROGA INOPERANTE EN LA CONTRATACION.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 76, Quinta Parte; Pág. 17
Como conforme al Contrato Ley de la Industria Textil del Ramo de la Lana, es factible la celebración de convenios en los que se establezcan turnos extraordinarios para satisfacer determinadas necesidades de la industria, no por el hecho de que un trabajador sea contratado para laborar en esos turnos, tiene derecho a que se le prorrogue su contratación, con motivo de nuevas contrataciones extraordinarias, por la circunstancia de que la máquina que venía ocupando continúe trabajando en el turno que lo hacía, pues la ley lo que exige es que no se prive al trabajador del puesto que desempeñaba, cuando vencido el término que se había fijado para la terminación de la relación laboral, subsista la materia del trabajo, esto es, la materia específica para la cual ha sido contratado.
Precedentes
Amparo directo 63/75. Carmen Hernández Posadas. 23 de abril de 1975. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.