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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243654
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 76, Quinta Parte; Pág. 26
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. CAMBIO DEL LUGAR DE ADSCRIPCION.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 76, Quinta Parte; Pág. 26
El artículo 6o. de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado sólo determina, al usar el vocablo "inamovible", que el trabajador no puede ser cesado con la misma libertad que el trabajador de confianza, sino por los motivos que señala la propia ley en su artículo 46, y no que el titular esté impedido para cambiarlo de adscripción, ya que el artículo 16 del mismo ordenamiento lo faculta para cambiar de adscripción a un trabajador cubriéndole los gastos de viaje y en su caso el traslado del menaje de casa.
Precedentes
Amparo directo 4301/74. José Rosas Navarro. 24 de abril de 1975. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
Véase Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volumen 14, página 51 y Volumen 18, página 89, tesis de rubro "TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. CAMBIO DE ADSCRIPCION DE LOS.".
Volumen 33, página 45, tesis de rubro "TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, CAMBIO DEL LUGAR DE ADSCRIPCION DE LOS, INJUSTIFICADO.".