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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
243662
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 75, Quinta Parte; Pág. 25

PRIMA DE ANTIGÜEDAD, PAGO DE LA, POR SEPARACION VOLUNTARIA. EL COMPUTO DE TODOS LOS AÑOS DE SERVICIOS NO VULNERA LA GARANTIA DE IRRETROACTIVIDAD.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 75, Quinta Parte; Pág. 25

Precedentes

Amparo directo 4806/74. Textiles Monterrey, S.A. 20 de marzo de 1975. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Registro digital (IUS): 243662