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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
243670
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 75, Quinta Parte; Pág. 43

TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, AUTORIZACION PARA EL CESE DE LOS. NO ES NECESARIO SOLICITARLA CUANDO LAS CAUSAS SE ALEGAN POR VIA DE EXCEPCION.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 75, Quinta Parte; Pág. 43

Precedentes

Amparo directo 4572/74. Jefe del Departamento del Distrito Federal. 12 de marzo de 1975. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Quinta Parte, Cuarta Sala, tesis 270, página 255, bajo el rubro "TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, CESE DE LOS, SIN AUTORIZACION DEL TRIBUNAL DE ARBITRAJE.".
Registro digital (IUS): 243670