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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243673
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 75, Quinta Parte; Pág. 44
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REINSTALACION DE LOS. PRESCRIPCION DE LA ACCION. COMPUTO.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 75, Quinta Parte; Pág. 44
Conforme a lo establecido en la fracción II, inciso a), del artículo 113 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, tratándose de la acción de cumplimiento del contrato de trabajo, el término para ejercitar la acción correspondiente empieza a contar a partir del momento en que el trabajador es notificado del despido.
Precedentes
Amparo directo 4572/74. Jefe del Departamento del Distrito Federal. 12 de marzo de 1975. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volumen 55, página 60. Amparo directo 13/73. Guillermina Peñaloza Calderón. 12 de julio de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen LXXXIX, Quinta Parte, página 31, tesis de rubro "TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. PRESCRIPCION DE LA ACCION DE REINSTALACION.".
Nota: En el Volumen 55, página 60, la tesis aparece bajo el rubro "TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. PRESCRIPCION DE LA ACCION DE REINSTALACION. COMPUTO.".