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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243675
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 74, Quinta Parte; Pág. 17
CLAUSULA DE EXCLUSION, OBLIGACIONES DEL PATRON EN LA APLICACION DE LA.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 74, Quinta Parte; Pág. 17
Al patrono sólo compete en el caso de aplicación de la cláusula de exclusión cerciorarse: a) de la autenticidad del oficio en que se le comunica la aplicación de la cláusula de exclusión; b) que en el contrato respectivo esté consignada dicha cláusula; c) que los trabajadores excluidos pertenecen al sindicato que aplica la repetida cláusula, y una vez que esto se acredite, el patrono, sin responsabilidad, está obligado a cumplir con el acuerdo respectivo, sin que pueda pretender intervenir en los procedimientos que el sindicato haya seguido para la aplicación de dicha cláusula, ya que esto sólo puede interesar a los trabajadores.
Precedentes
Amparo directo 2114/74. Luis Jurado Barrera y otros. 7 de febrero de 1975. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
Quinta Epoca:
Tomo LXV, página 3257. Amparo directo 1535/40. Compañía de Servicios Públicos de Nogales, S.A. 6 de septiembre de 1940. Unanimidad de votos. Relator: Octavio Mariano Trigo.
Nota: En el Tomo LXV, página 3257, la tesis aparece bajo el rubro "CLAUSULA DE EXCLUSION, APLICACION DE LA.".