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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243678
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 74, Quinta Parte; Pág. 18
CONTRATOS LEY. NO ES NECESARIA SU EXHIBICION PARA SER TOMADOS EN CUENTA COMO PRUEBA.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 74, Quinta Parte; Pág. 18
Cuando se ofrece como prueba un contrato ley y dicho contrato no obra en autos, sin embargo la falta de exhibición no tiene como consecuencia la no demostración de la defensa que en él se funde, pues tratándose de un contrato ley obligatorio en la rama industrial de que se trate, no es necesario que éste se exhiba, dado el carácter que tiene, y ya que se publica en el Diario Oficial de la Federación, como lo ordena el artículo 416 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo 3534/74. Rodolfo Sánchez y otros. 21 de febrero de 1975. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.