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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243700
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 73, Quinta Parte; Pág. 19
GERENTE. CASO EN QUE NO ES TRABAJADOR.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 73, Quinta Parte; Pág. 19
La relación laboral no puede existir entre el gerente y la empresa, cuando durante el lapso en que el primero desempeña el cargo, forma parte integrante de la segunda en calidad de presidente del consejo de administración y accionista, pues lo primero le permite participar en las decisiones que toma el consejo en relación con la dirección y administración de la empresa y lo segundo le permite integrar la asamblea general de accionistas, que es el órgano supremo de la sociedad y, en esas circunstancias, sus funciones las desempeña siguiendo decisiones en las que ha intervenido como órgano ejecutivo de la sociedad y respecto de las cuales es uno de los obligados a ejecutarlas, por el interés económico que tiene en la empresa y por ser integrante de los órganos de ella.
Precedentes
Amparo directo 1891/74. Manuel Martín Calleja. 23 de enero de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra. Secretario: Leandro Fernández Castillo.
Nota: En el Informe de 1975, la tesis aparece bajo el rubro "RELACION LABORAL, INEXISTENCIA DE LA.".