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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243711
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 73, Quinta Parte; Pág. 46
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, FALTAS DE PROBIDAD Y HONRADEZ DE LOS, AUNQUE NO OBTENGAN UN LUCRO INDEBIDO.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 73, Quinta Parte; Pág. 46
Los trabajadores del Estado incurren en faltas de probidad y honradez y en incumplimiento a las condiciones de trabajo, si no proceden rectamente en las funciones que se les encomiendan, apartándose de sus deberes y dejando de hacer aquello a lo que están obligados, sin que sea requisito indispensable para incurrir en las faltas de probidad y honradez que obtengan un lucro indebido.
Precedentes
Amparo directo 3035/74. Juan Cornejo Castillo y otro. 9 de enero de 1975. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XCVII, página 521, tesis de rubro "PROBIDAD U HONRADEZ EN LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, COMETEN LAS FALTAS DE, AUNQUE NO OBTENGAN UN LUCRO INDEBIDO.".