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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243731
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 71, Quinta Parte; Pág. 15
CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, SUBROGACION DEL.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 71, Quinta Parte; Pág. 15
Como la acción de subrogación del contrato colectivo de trabajo se funda en el hecho de haber dejado de representar el sindicato demandado el mayor interés profesional, es inconcuso que en términos del artículo 389 de la Ley Federal del Trabajo tiene que demostrarse cuál de los sindicatos contendientes cuenta con la mayoría de los trabajadores de la empresa.
Precedentes
Amparo directo 2471/74. Sindicato Nacional de la Industria de la Costura, Corte y Confección de Ropa y Similares. 29 de noviembre de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra.