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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243808
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 66, Quinta Parte; Pág. 54
PREFERENCIA, DERECHO DE. TERMINO DE PRESCRIPCION DE LA ACCION RESPECTIVA.
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 66, Quinta Parte; Pág. 54
De conformidad con lo previsto por el artículo 154 de la Ley Federal del Trabajo, la acción para reclamar el derecho preferente a ocupar una plaza prescribe en el término genérico de un año según lo dispuesto por el artículo 516 del citado ordenamiento legal, el cual debe computarse a partir no de la fecha en que la organización sindical propone al trabajador que ocupa la plaza vacante, sino desde el día siguiente a la fecha en que el trabajador con derechos preferentes se entera de que la empresa y el trabajador propuesto suscribieron el contrato respectivo. Si en autos no obran datos que permitan establecer la fecha en que el trabajador demandante conoció la celebración del contrato, cabe estimar que tal acontecimiento lo conoció el día que elaboró la demanda respectiva.
Precedentes
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volumen 64, página 24. Amparo directo 4482/73. Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, Sección 35. 5 de abril de 1974. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Volumen 64, página 24. Amparo directo 4491/73. Gerardo Patrón Amato. 5 de abril de 1974. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Volumen 65, página 17. Amparo directo 334/74. Sección 31 del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana y Delegación Dos de la Propia Sección. 10 de mayo de 1974. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Volumen 66, página 29. Amparo directo 4349/73. Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, Sección 35. 10 de junio de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez.
Volumen 66, página 29. Amparo directo 5317/73. Sindicato de Trabajadores de la República Mexicana, Sección 30 y otro. 10 de junio de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.