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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243811
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 66, Quinta Parte; Pág. 59
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. DESPIDO. PRESCRIPCION DEL DERECHO PARA EFECTUARLO.
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 66, Quinta Parte; Pág. 59
El derecho del patrón para efectuar el despido de un trabajador comienza a correr cuando concluye la investigación o investigaciones que sea necesario efectuar para determinar la responsabilidad en que el trabajador haya incurrido.
Precedentes
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volumen 26, página 17. Amparo directo 4293/70. Guillermina Castillo Cruz. 19 de febrero de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Euquerio Guerrero López.
Volumen 54, página 34. Amparo directo 4756/72. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 22 de junio de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.
Volumen 54, página 34. Amparo directo 5885/72. Roberto Gómez. 22 de junio de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.
Volumen 61, página 60. Amparo directo 4184/73. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 4 de enero de 1974. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Volumen 64, página 34. Amparo directo 384/74. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 25 de abril de 1974. Cinco votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez.