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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243814
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 65, Quinta Parte; Pág. 19
PROFESIONISTAS. TITULO PROFESIONAL COMO REQUISITO PARA OCUPAR UN PUESTO DE PLANTA.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 65, Quinta Parte; Pág. 19
Al disponer un contrato colectivo de trabajo que para ocupar con el carácter de planta determinado puesto, es necesario contar con el título profesional correspondiente, resulta obvio que si no se satisface ese requisito esencial, no debe otorgarse la plaza en cuestión, aun cuando se demuestre tener el profesionista mayor antigüedad que otros trabajadores, que sí cuentan con título.
Precedentes
Amparo directo 5002/73. Aida Lucía Luna de la Cruz. 10 de mayo de 1974. Cinco votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra. Secretario: Sergio Javier Coss Ramos.
Nota: En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "PUESTO DE PLANTA. CASO EN QUE SE SEÑALA UN REQUISITO PARA OCUPARLO.".