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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243831
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 63, Quinta Parte; Pág. 17
CONTRATO COLECTIVO, PRUEBA DOCUMENTAL COMO IDONEA PARA ACREDITAR QUE UNA CLAUSULA DEL, HA SIDO DEROGADA.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 63, Quinta Parte; Pág. 17
No es mediante la prueba confesional como se demuestra que una cláusula del contrato colectivo ha dejado de tener vigencia, y que en su lugar se ha estipulado otra, sino que este hecho debe demostrarse a través de la prueba documental que resulta ser la idónea, tanto para demostrar que efectivamente esa cláusula se cambió, como que se registró ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, en los términos del artículo 390 de la ley de la materia, para que surtiera sus efectos.
Precedentes
Amparo directo 2102/73. Baldomero Carrera Delgado. 11 de marzo de 1974. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.