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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243834
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 63, Quinta Parte; Pág. 23
HORAS EXTRAS. NO INTEGRAN EL SALARIO SI NO SE ESTIPULA EN EL CONTRATO COLECTIVO.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 63, Quinta Parte; Pág. 23
El tiempo extraordinario laborado que el trabajador pretenda incluir como parte de su salario deviene improcedente, si existe estipulación contractual que defina lo que forma parte del salario y no incluya en la definición el tiempo extraordinario.
Precedentes
Amparo directo 2102/73. Baldomero Carrera Delgado. 11 de marzo de 1974. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.